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Con la reciente aparición del Blockchain y la IA, fue imprescindible actualizar la Ley de la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, “PBC/FT”; y para ello, el estado español ha descargado esta responsabilidad en la SEPBLAC; que a su vez, se apoya en la Unidad de Inteligencia financiera de la policía nacional.
Las estadísticas están reflejando un crecimiento abismal e incontrolable de los delitos digitales, lo que nos induce a asegurar, que es urgente acometer, un profundo cambio.
En nuestro entender, sus principales causas son:
1- Notoria descoordinación entre las tres entidades directamente involucradas: La judicatura, la policía y la banca.
Dentro de este contexto, es imposible lograr una labor disuasiva dirigida hacia otros entes indirectamente relacionados.
2- Inapropiada selección de personal idóneo: Capacitado y con experiencia suficiente, para poder diagnosticar y proporcionar soluciones.
3- Los sistemas y métodos de enseñanza dirigidos al personal de planta, en los cursos de ascenso y nivelación, no han cumplido con los objetivos requeridos debido al acelerado cambio de la tecnología actual.
4- Exigua divulgación a las masas de las nuevas tecnologías; para que estos delitos puedan ser prevenidos, evadidos y denunciados oportunamente.
5- No se están siguiendo de una forma inteligente y oportuna, las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera “GAFI”, en lo referente a exigir políticas que interpreten con eficacia, la ley sobre el sigilo bancario.
Consideramos que éste es el principal lastre del sistema de control de la delincuencia digital; por lo tanto, ofrecemos nuestra decidida colaboración para poder profundizar, sobre lo pertinente.
Soluciones propuestas:
En cuanto se refiere al anterior diagnóstico, tenemos especial interés en tratar aquí, lo referente al 5º punto.
Recomendamos que se estudie lo llamado triangulación.
Ver: https://maestreabogados.com/crimen-perfecto-bitcoins/
Así podrán tener una idea más clara de lo fácil que es para la mafia engañar a una población ingenua; y además, si ésta se encuentra exprofesamente mal informada por las autoridades de turno.
Sería diferente si dichas autoridades actuaran como corresponde:
En lugar de iniciar investigaciones infundadas que tardan años, para al final condenar a un inocente o archivar el proceso.
Simplemente, como la policía dispone del teléfono del denunciante del atestado, o sea el inocente «víctima», podría inmediatamente obtener el teléfono del otro inocente «falso culpable», con la intervención de su banco; y de esta forma entre ambos, en un par de días, detectan al verdadero delincuente.
Posteriormente, con la ayuda de la plataforma del exchange y la Interpol, se podría conseguir la captura del delincuente internacional.
Notas:
1- Nos atrevemos a hacer estas aseveraciones porque hemos sido protagonistas de varios casos, de los cuales algunos son lamentablemente dignos de ser analizados, para lograr tipificar los insólitos procesos, hasta donde puede llegar una justicia mal encaminada.
2- La modalidad de estafa descrita en el párrafo anterior es la más frecuente, pero existen muchas más versiones que la policía debe investigar para poder cortar a raya este delito.
3- La banca está obligada a colaborar con la policía, según lo recomendado por la «GAFI».